Prevención de riesgos en pymes: obligaciones en Chile

Respuesta corta: Toda empresa chilena con trabajadores contratados debe cumplir la Ley 16.744: estar afiliada a una mutualidad o al ISL, pagar la cotización del seguro de accidentes del trabajo, contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, informar los riesgos de cada puesto y, si reúne más de 25 trabajadores en una faena, constituir un Comité Paritario. Incumplir expone a multas de la Dirección del Trabajo y a responsabilidad directa ante un accidente.

¿Qué ley regula la seguridad laboral en Chile?

La base es la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, vigente desde 1968 y complementada por reglamentos como el Decreto Supremo 44 (2024), que moderniza la gestión preventiva en las empresas. Esta ley crea un seguro social obligatorio: todo trabajador dependiente queda cubierto desde el primer día de contrato.

Las 5 obligaciones básicas de una pyme

  1. Afiliación al seguro de la Ley 16.744. La empresa se afilia a una mutualidad (ACHS, Mutual de Seguridad o IST) o queda por defecto en el ISL. La cotización básica es cercana al 1% de las remuneraciones imponibles, más una cotización adicional según el riesgo de la actividad.
  2. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Obligatorio para toda empresa, sin importar el número de trabajadores. Debe entregarse una copia a cada persona contratada.
  3. Obligación de informar (derecho a saber). Antes de que el trabajador asuma sus funciones, la empresa debe informarle los riesgos de su puesto, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos.
  4. Elementos de protección personal. Se entregan sin costo para el trabajador y la empresa debe verificar su uso.
  5. Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Obligatorio cuando la faena reúne a más de 25 trabajadores.

¿Qué pasa si no cumplo?

La Dirección del Trabajo y las secretarías regionales de salud pueden cursar multas que escalan según el tamaño de la empresa. Más grave: ante un accidente, el incumplimiento de estas obligaciones puede configurar responsabilidad del empleador, con indemnizaciones civiles además de las prestaciones del seguro.

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Preguntas frecuentes

¿Una pyme con 3 trabajadores debe tener Reglamento Interno de Higiene y Seguridad?

Sí. El reglamento de higiene y seguridad es obligatorio para toda empresa con trabajadores contratados, sin mínimo de tamaño. No confundir con el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Código del Trabajo, exigible desde 10 trabajadores.

¿Qué mutualidades existen en Chile?

Las mutualidades privadas son ACHS, Mutual de Seguridad e IST. Si la empresa no se afilia a ninguna, queda cubierta por defecto en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), el organismo estatal.

¿Cuándo es obligatorio el Comité Paritario de Higiene y Seguridad?

Cuando en una misma empresa, faena, sucursal o agencia trabajan más de 25 personas. Se compone de representantes del empleador y de los trabajadores.

Fuentes oficiales